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Llamado a concurso para la provisión de cargos de Guardavidas en carácter zafral para piscina de Valentín - Temporada 2023-2024

 

Tipo de Vínculo: Contrato a término - zafral.

Nombre del puesto: Guardavidas

Período de postulación: desde el 15/09/2023 hasta el 29/09/2023

Tipo de Tarea: Operativas

Tipo de llamado: Concurso de Oposición, Mérito y Antecedentes.

Lugar de desempeño: Los postulantes que resulten designados desempeñarán funciones en la Piscina de Rincón de Valentín, dependiendo de Coordinación Deportes.

Tiempo de contratación: desde 01/12/2023 al 29/02/2024  en régimen zafral.

Cantidad de Puestos: 4 Puestos de los cuales al menos 1 deberá ser cubierto por personal femenino. Se establecerá una lista de prelación a la cual se recurrirá en caso de vacantes.

(*EL CUPO NO IMPLICA OBLIGACIÓN DE CONTRATACIÓN POR PARTE DE LA IDS).

Otras condiciones de trabajo

Escalafón: Técnico Práctico Guardavidas

Grado: 05, remuneración vigente $ 44,367,49 mensual.

Carga horaria: 40 horas semanales.

 

Requisitos excluyentes:

  1. A) Para la inscripción:
  • Cédula de identidad vigente y en buen estado.
  • Ser ciudadano natural, o legal con más de tres años.
  • Los aspirantes deben residir en la jurisdicción del Municipio de Valentín (presentar constancia de domicilio).
  • De 18 a 50 años de edad
  • Ficha Médica para Natación vigente con validez nacional.
  • Certificado esquema de vacunación, con vacuna Hepatitis B y Antitetánica.
  • Certificados de estudios, cursos realizados y certificados laborales relacionados al puesto al cual se postula.

No se tendrá en cuenta ningún mérito o antecedente que no esté fehacientemente acreditado. Se deben presentar fotocopias de todos los ítems a los efectos de ser tenidos en cuenta.

 

  1. C) Para la contratación:
  • Certificado de Buena Conducta.

Incompatibilidades:

Previo a la suscripción del contrato, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:

A- Incompatibilidades

1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.

2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.

B- Prohibiciones

1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº 19.149 de 24 de octubre de 2013).

Se valorarán los antecedentes de los postulantes que constan en los registros de la Administración, en especial en aquellas situaciones que: se haya rescindido el contrato, que haya cesado por abandono de tareas, que se registren sanciones disciplinarias y/o informes negativos. Siendo potestad de la Administración (en caso de constatarse dichos antecedentes) no considerar al postulante para el período de entrenamiento y por ende de la temporada.

2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.

3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de septiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.

Medios de Postulación: mediante formulario disponible en página web (www.salto.gub.uy) y documentos que acrediten los requisitos excluyentes en el Dpto. de Deportes (Agraciada 975). El plazo es improrrogable.

 

Etapas del proceso:

1- Instalación del Tribunal.

2- Preselección (cumplimiento de los requisitos solicitados).

3-Evaluación de méritos y antecedentes.

4- Prueba de Admisión mediante Evaluación Técnica Final. En el agua a los aspirantes habilitados; quienes no superen la evaluación quedarán eliminados.

5- Fallo final y aprobación por el Intendente.

 

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