Formas de Pago Contado Anualmente la Intendencia Municipal de Salto fija el calendario de pago de tributos, estableciéndose las fechas de vencimiento de PAGO CONTADO, en enero con descuentos del 10% para Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural y el 20% para Patente de Rodados. En el caso de Contribución Inmobiliaria Urbana y Rural-, se fija un calendario de pago en 4 (cuatro) cuotas con vencimientos trimestrales, mientras que para Patente de Rodados se fija un calendario de pago en 6 (seis) cuotas con vencimientos bimensuales. Se podrá optar por realizar el pago en 12 cuotas mensuales en contribuciones inmobiliarias, debiendo pagar la primera cuota antes del último día hábil de enero de cada año, venciendo las siguientes el último día hábil de cada mes. Convenios de Pago Los contribuyentes pueden convenir el pago en cuotas de sus obligaciones en las siguientes condiciones: CONVENIO ANTICIPADO (POR OBLIGACIONES A VENCER) Cuando la solicitud fuere presentada con una anticipación de 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles al vencimiento del plazo para el pago, se podrá convenir el pago de la misma en tres cuotas iguales mensuales y consecutivas, venciendo la primera al suscribir el convenio. CONVENIO POR OBLIGACIONES VENCIDAS 1) En 3 (tres) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, venciendo la primera al suscribir el convenio. 2) Hasta en 60 (sesenta) meses de plazo, en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales. Para todos los convenios en concepto de intereses de financiación se aplicará una tasa igual a la variación experimentada por I. P. C. en los últimos 12 (doce) meses cerrados a noviembre del año anterior y se calcularán sobre la deuda total por cualquier concepto del obligado. Atraso mayor a 60 (sesenta) días en el pago de una cuota vencida hará caer indefectiblemente el convenio. Entrega a Cuenta de Tributos (Imputación de Pagos) Se pueden realizar entregas a cuenta de tributos, congelándose las multas y recargos correspondientes a los mismos. En caso de cancelar la totalidad de los tributos atrasados, el contribuyente se encontrará en condiciones de realizar los pagos con vencimientos posteriores dentro del régimen normal. Débito Automático Tarjetas Crédito La Intendencia Municipal de Salto cuenta con convenio para el débito automático de tributos con las tarjeta de crédito CABAL. El contribuyente podrá concurrir a las dependencias de dichas instituciones para realizar el contrato correspondiente para el cobro automático y correspondiente débito, en las condiciones fijadas por cada una de ellas. Pagos a Distancia Se puede realizar desde cualquier Sucursal Banco de la República Oriental del Uruguay del país, realizando previamente la consulta del monto del tributo a abonar, a través del Sistema de Información automática (Tel. (473) 33999) , en este sitio web (http://www.salto.gub.uy/consulta-de-tributos )o bien en las oficinas correspondientes (Tel. (473) 29898). El traspaso de fondos o depósito debe realizarse en la Cuenta Corriente en pesos del B.R.O.U., Nº 044-4829, a nombre de la Intendencia de Salto. El depósito deberá ser realizado hasta la fecha de vencimiento del tributo y se deberá remitir a la Oficina correspondiente de la Intendencia Municipal de Salto copia del comprobante de depósito, indicando el destino del mismo y dirección del contribuyente, vía Fax ((473) 32769). Esto es a los efectos de acreditar el mismo y remitir el recibo correspondiente al interesado. Se tomará como fecha de pago la correspondiente al depósito en el B.R.O.U., una vez confirmado el mismo. Editar contenido web Seleccione contenido web Añadir contenido web Amigos online (0) Configuración